Propuesta ridícula de neumáticos Continental y Sixt.

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tigerpj
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Propuesta ridícula de neumáticos Continental y Sixt.

Mensaje por tigerpj »

He encotrado esta noticia en el foro Piel de Toro.

Propongo no comprar neumáticos Continental ni alquilar vehículos de Sixt.

http://www.europapress.es/motor/noticia ... 25203.html
Última edición por tigerpj el 08-Feb-2013, 08:34, editado 1 vez en total.
Solo los automóviles de calle más deportivos de cada gama de Porsche, pueden lucir la condecoración GTS, cuyas siglas significan "Gran Turismo Sport".
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porschistaviajero
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Re: Propuesto ridícula de neumáticos Continental y Sixt.

Mensaje por porschistaviajero »

Sixt es una empresa alemana de alquiler de coches con mala reputación internacional por su poca seriedad.
Continental es una buena marca, no debería haber caido tan bajo.
El peligro real viene de las autoridades de Comunidad Europea que tratan de publicar leyes que obliguen a enviar al desguace a los automoviles y motociclletas clásicas.

Los ingleses son mas sensatos al contrario que los burócratas de la CEE protegen su parque de automóviles clásicos.

Al final tendremos que emigar a Argentina en donde he visto circular a un increible núnero de chatarras con ruedas, la mayoría, Renaults 12.
Última edición por porschistaviajero el 07-Feb-2013, 12:32, editado 1 vez en total.
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Fran_melilla
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Re: Propuesto ridícula de neumáticos Continental y Sixt.

Mensaje por Fran_melilla »

Me quedo sin palabras. El día que venga un tío a mi garaje para llevarse mi juguete y "achatarrarlo" porque tiene más de treinta años, que venga con un chaleco antibalas.
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XBEL
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Re: Propuesto ridícula de neumáticos Continental y Sixt.

Mensaje por XBEL »

porschistaviajero escribió:...El peligro real viene de las autoridades de Comunidad Europea que tratan de publicar leyes que obliguen a enviar al desguace a los automoviels y motocicletas clásicas.
No entiendo este despropósito. En base a que????
Digo yo que de ser esto posible, sería según casos extremos!!!
Que clase de VANDALISMO puede obligar a destruir un vehiculo clasico en perfecto orden de marcha,
debidamente documentado, con las revisiones al dia. y sin carga económica ni judicial alguna???
BARRABAS Eichberg,1988
M44-52/M030/M220/M593/M758
Si se atasca, fuérzalo. Si se rompe... De todas formas había que cambiarlo!!
http://www.youtube.com/watch?v=dECHjn0ETns
http://www.youtube.com/watch?v=kbm8ta0onZU
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porschistaviajero
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Re: Propuesto ridícula de neumáticos Continental y Sixt.

Mensaje por porschistaviajero »

Reproduzco el artículo de Mario Laguna en La Escuderia:

La Unión Europea se prepara a adoptar una legislación que supone una seria amenaza para la supervivencia de los coches clásicos.
Deberíamos hacer un inciso puramente terminológico puesto que la noción de coche clásico, aunque sea la más frecuentemente utilizada en el ámbito coloquial y periodístico, no está legalmente definida. En efecto, ningún legislador en ningún país del mundo se ha atrevido a definir lo que sería indefinible, al menos sin provocar interminables polémicas. ¿Cómo definir o extraer el término “clásico” entre lo que en realidad son coches antiguos, viejos, obsoletos, ancestros y precursores de la técnica y la mecánica actuales, veteranos de todas las contiendas deportivas y sociales?

¿Qué es clásico y qué no?

El problema más serio para introducir la noción de clásico entre los automóviles de cierta antigüedad es que en ella intervendrían nociones y consideraciones subjetivas, que variarían según los distintos puntos de vista de los protagonistas implicados en la elaboración de la reglamentación aplicable. ¿Cómo distinguir un coche antiguo de un coche viejo? Cuándo es un coche antiguo: ¿Cuando tiene 50 años, 70, 90? Cuándo es un coche viejo: ¿Cuando tiene 8, 5 o 3 años? Hay coches muy bien conservados que están como nuevos a los 40 años de su primera matriculación. Sin embargo, hay coches maltratados que a los 2 años están para tirar a la basura.
¿Influyen por lo tanto los cuidados del propietario en que su coche se convierta o no en clásico? ¿Puede un Seat 600 de 1969 bien cuidado ser un coche clásico, mientras que un Bugatti 57 de 1936 en estado calamitoso, no? Se trata naturalmente de un ejemplo para poner de relieve la dificultad en establecer los criterios que fueran admitidos por todos y llegar a un consenso en la noción de “clásico”.
¿Debe la noción de “clásico” reservarse a los coches que hayan supuesto una innovación en la técnica y el diseño de su tiempo? ¿Puede así un Citroën 2CV considerarse clásico por encima de un Buick de la misma época? ¿Justifica el motor de 2 cilindros bóxer refrigerado por aire del 2CV la consagración de clásico frente a la mecánica más convencional y poco innovadora del Buick? ¿Dónde quedaría entonces situado el esfuerzo de diseño en la carrocería, interior, elegancia y confort del Buick frente a la rudimentaria construcción y ensamblaje de las frágiles piezas de chapa del 2CV?

¿Debe reservarse la noción de “clásico” a los vehículos de producción limitada y fabricación casi artesanal, como por ejemplo los Pegaso Z-102, frente a los vehículos producidos en gran serie con procedimientos puramente industriales o robotizados, como los actuales coches de producción en masa? ¿Podría un vehículo producido en masa convertirse alguna vez en clásico? ¿Se define un coche clásico por su precio elevado frente a los que nunca serían clásicos por ser demasiado baratos?
Como vemos, la casuística sería inmensa y no llegaríamos nunca a extraer criterios específicos e inherentes a un coche clásico para diferenciarlo del que no lo fuera.

Las definiciones legales

Para resolver el problema, las legislaciones y reglamentaciones de prácticamente todos los países del mundo donde tal noción o tales categorías de vehículos existen, se centran en una consideración puramente cronológica o temporal, que atiende única y exclusivamente al paso del tiempo. Al mismo tiempo, se evita voluntaria y deliberadamente la referencia a cualquier término que implique la noción de “clásico” y en su lugar se establece la noción de vehículo histórico, mucho menos conflictiva y que además tiene una evidente sencillez de aplicación.
Vehículo histórico es aquel que tiene, como mínimo, 30 años de antigüedad.

Se terminó la polémica: de modo coloquial o periodístico se pueden emplear los más diversos términos, pero en cuanto a la legalidad se refiere, no hay que hablar de coches viejos, antiguos o clásicos, sino que en lo que nos concierne directamente por la reglamentación aplicable debemos hablar de vehículos históricos.
La primera organización internacional en utilizar criterios puramente objetivos e introducir una terminología de referencia fue la FIVA, o “Fédération Internationale des Véhicules Anciens”, fundada en 1966, terminología que ha sido seguida por las reglamentaciones, en lo que nos concierne principal y directamente, por los países de la Unión Europea.

El Código Técnico Internacional FIVA establece en su artículo primero la noción de vehículo histórico, así como los requisitos necesarios para alcanzar tal consideración, del modo siguiente (para quienes lo consideren necesario facilitamos una simple traducción de cortesía del original francés):
“- un véhicule routier à moteur,
- qui est âgé d’au moins 30 ans,
- qui est conservé et entretenu dans un état historiquement correct,
- qui n’est pas utilisé comme moyen de transport quotidien,
- et qui, en conséquence, fait partie de notre patrimoine technique et culturel”.
______________________________
(Tradución libre de Reglamento FIVA):
- vehículo de motor para uso en vías públicas,
- que tenga al menos 30 años,
- que es conservado y mantenido en un estado históricamente adecuado,
- que no sea utilizado como un medio de transporte cotidiano,
- y que, por tanto, forma parte de nuestro patrimonio técnico y cultural”.
La noción de antigüedad, “al menos 30 años” es determinante, pero también se contemplan otros requisitos, como la conservación en un “estado históricamente adecuado” y que el vehículo ”no sea utilizado como un medio de transporte cotidiano”.

En España

En lo que nos concierne, el Reglamento General de Circulación para la aplicación de la Ley sobre Tráfico y, en particular el Real Decreto 1247/1995 de 14 de julio por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos, establece en su artículo 1 que podrán ser vehículos históricos “los que tengan una antigüedad mínima de 25 años”, rebajando así en cinco años la exigencia general de la FIVA. Es decir, tendremos vehículos históricos en España que no podrán serlo con reconocimiento internacional hasta cinco años más tarde.
El supuesto tercero del mismo artículo 1 abre la puerta a “los llamados vehículos de colección” con una consideración a “una circunstancia especial muy sobresaliente” que podría ser polémica ya que se presta a numerosas apreciaciones subjetivas.
Sin que sea necesario entrar en todos los pormenores y consideraciones del Reglamento de Vehículos Históricos español, para el presente propósito nos referiremos de manera general a la noción de vehículos históricos, cuyo principal requisito para alcanzar tal consideración es el paso del tiempo, 30 o 25 años. Para englobar la actividad en un contexto internacional, consideraremos que un vehículo histórico provisto de carnet de identidad FIVA es aquel que tiene, como mínimo 30 años de antigüedad.

La discutible iniciativa europea

¿Qué es lo que prevé la legislación de la Unión Europea y por qué es una amenaza para los vehículos históricos?
Por el momento, a pesar del optimismo británico que más abajo se reseña, nos encontramos ante una “propuesta de Reglamento” (y no de Directiva) del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la inspección técnica periódica de los vehículos a motor, que abolirá la directiva en vigor 2009/40/CE.

Las novedades más graves previstas por el Reglamento son las siguientes:
- La directiva relativa a la inspección técnica no se aplicaría a los “vehículos que tengan interés histórico”.
- Los Estados miembros podrán introducir exigencias particulares nacionales relativas a la inspección técnica de vehículos históricos matriculados en su territorio.
El Reglamento define “vehículo de interés histórico”, como aquel vehículo que:
- haya sido fabricado al menos hace 30 años;
- se haya mantenido utilizando piezas de recambio que reproduzcan los componentes históricos del vehículo;
- no haya sufrido ninguna modificación en las características técnicas de sus principales componentes, tales como el motor, los frenos, la dirección o la suspensión;
- no se haya modificado su aspecto.

Es decir, la entrada en vigor del Reglamento pondría automáticamente fuera de la circulación aquellos vehículos que utilicen piezas que hayan modificado el motor, los frenos, la dirección o la suspensión. Unos amortiguadores modernos instalados en un coche histórico, a pesar de aumentar su seguridad y mejorar su comportamiento lo convertirían en proscrito. La sustitución de los carburadores de origen pondrían fuera de la ley a los motores así modificados, unos frenos de disco en lugar de los tambores originales merecen la mayor pena de exclusión. Y así sucesivamente.

En cuanto a la modificacion de su aspecto exterior con elementos de carrocería refabricados, sustitución de carrocerías cerradas por descapotables, parabrisas, asientos (no se aclara si el aspecto afecta también al interior, pero es de suponer que así sea), deja fuera de circulación a los vehículos que así hubieran sido modificados.
Para hacer frente a la amenaza de la Unión Europea, el país más activo y con mayor tradición en la preservación de los vehículos históricos y de todas las actividades que se desarrollan a su alrededor, Gran Bretaña, se ha movilizado de nuevo para impedir que la legislación comunitaria tenga efectos negativos en su patrimonio nacional. De ese modo, el pasado 14 de diciembre de 2012, el ministro de Transportes británico, Sr Stephen Hammond, se reunió con miembros del Grupo Parlamentario de Vehículos Históricos para asegurarles que el gobierno británico adoptará amplias medidas de interpretación proteccionistas de los vehículos históricos en caso de que la legislación de la Unión Europea entrara en vigor.

En Reino Unido siempre están prestos a la defensa del vehículo histórico
Los británicos se felicitan porque opinan que la legislación, inicialmente prevista en forma de Reglamento, se ha degradado en Directiva, lo cual posibilita a los Estados miembros a interpretar y aplicar la legislación de acuerdo con un marco general y no al pie de la letra. Para quienes no estén familiarizados con la terminología comunitaria, un Reglamento de la Unión Europea es una ley directamente aplicable en todos los Estados miembros, sin posibilidad de modificación, mientras que una Directiva es un mandato a los Estados miembros para que armonicen su legislación nacional a lo establecido en la directiva. Es decir, el Reglamento es único para todos los Estados miembros, mientras que la Directiva favorece la aplicación dispar, aunque dentro de un marco obligatorio, de la legislación europea. La Directiva deja mucha más libertad de acción a los Estados miembros en el momento de aplicar la legislación comunitaria que el Reglamento.
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sitocerecedoyahoo.es
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Re: Propuesto ridícula de neumáticos Continental y Sixt.

Mensaje por sitocerecedoyahoo.es »

Vaya putada que les van ha hacer a esos pobres que se han gastado más de 30 millones de dolares en comprar un ferrari 250 GTO del año 62, me dan pena y el Mercedes que lleva el Rey antiguamente del generalisimo, y el Rolls de la reina de inglaterra........... Nunca he comprado un neumatico continental. Esos lelos no distinguen entre vehículos clasicos o antiguos y vehículos viejos, es como comparar a su señora madre con Tina Turner... saludos a todos
Vitol
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Re: Propuesto ridícula de neumáticos Continental y Sixt.

Mensaje por Vitol »

no tienen ni puta idea de lo que hablan, claro, como ellos sí se pueden permitir cambiar de coche cada año....yo si tengo una propuesta, propongo que, a la gente que haga declaraciones estúpidas les hagan una lobotomoía :lol:
Viva el turbo :D
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manu007
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Re: Propuesta ridícula de neumáticos Continental y Sixt.

Mensaje por manu007 »

Pues no estoy del todo en acuerdo, concretamente en en tema de las piezas de recambio que es el tema que podría echar miles de vehículos en las fauces de los desguaces.

El quid de la cuestión esta en la palabra "reproduzcan" que, en este caso, esta totalmente acertada.

Unos ejemplos sencillos : se puedes poner una bujía de hoy, porque esta es una pieza de recambio NO original que REPRODUCE la original y esta puede llevar un diodo que hace que la chispa no genere las interferencia que emitía la original.

En mi moto llevo unos amortiguadores que REPRODUCEN los amortiguadores originales, estos son mucho mas eficientes que los originales pero su parecido respeta la apariencia original del vehículo (siguiente párrafo).

Yo creo que la definición es correcta, de esta forma dejamos de lado aquellos que, con la excusa de la seguridad, eran capaces de cambiar desde la parrilla delantera hasta la salida del tubo de escape, pasando por el forro en "piel" de leopardo del en volante...

Si queremos tener una ley que proteja los vehículos "históricos", alguna definición tendrá que tener para así poder catalogarlos.

Con respecto a la propuesta de Continental y Sixt, es una risa, la realidad es que solo se pretende que el gobierno suelte mas dinero en ayudas.
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canijo928
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Re: Propuesta ridícula de neumáticos Continental y Sixt.

Mensaje por canijo928 »

Que los follennnn!!!!! estos tios nod eberian de tener la oportunidad ni de poder publicar nada asi! Dios le da pan a quien no tiene dientes!!! menudos seiverguenzas.
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japal
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Re: Propuesta ridícula de neumáticos Continental y Sixt.

Mensaje por japal »

Amos nos jodas, con lo bonitos que son muchos de los coches viejos.

Mucho tiempo libre creo que tiene esta gente.

Ya que tienen tiempo, podian hacer un estudio, del mantenimiento llevado por los que tienen estos coches "viejos", entre los que compran coches nuevos, y en cinco años, no les miran ni el nivel del aceite.
Porsche 944 "S3"´90
Porsche 944S´87 "En proceso de conversión mecánica a S2"
Porsche 968 CS´94
Jesus911
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Re: Propuesta ridícula de neumáticos Continental y Sixt.

Mensaje por Jesus911 »

tigerpj escribió:He encotrado esta noticia en el foro Piel de Toro.

Propongo no comprar neumáticos Continental ni alquilar vehículos de Sixt.

http://www.europapress.es/motor/noticia ... 25203.html

Hola David, con tu permiso voy a utilizar tu título y comentario en algunos foros de clásicos extremeños de los que soy habitual.

Saludos a todos
Jesus
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tigerpj
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Re: Propuesta ridícula de neumáticos Continental y Sixt.

Mensaje por tigerpj »

Jesus911 escribió:
Hola David, con tu permiso voy a utilizar tu título y comentario en algunos foros de clásicos extremeños de los que soy habitual.

Saludos a todos
Tienes todo el permiso del mundo, yo también lo he sacado de otro foro y me consta que figura también en otros foros como en mbfaq. Creo que a estas cosas cuanta más repercusión se les dé mejor, ojalá caiga la venta de neumáticos continental en España un 100%, yo desde luego ni siendo más baratos que el resto compro ruedas de esta marca.

Que diferencia con Michelin por ejemplo que tiene toda una extensa gama dedicada a neumáticos clásicos y veteranos, esos si que saben... :prayer:
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Porschelito
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Re: Propuesta ridícula de neumáticos Continental y Sixt.

Mensaje por Porschelito »

Seguro que en España lo llevan a cabo, los mejores clásicos españoles están fuera de España...

Según tengo entendido los Pegaso Z102, entre muchas otras Obras de Arte se las llevaron a otros paises y además por muy poco dinero, teniendo en cuenta su valor.

Aquí con los gobernantes tan ineptos e ignorantes que tenemos, es probable que esto salga adelante. Es una pena, pero es lo que tenemos... :? :( :( :(
josejag
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Re: Propuesta ridícula de neumáticos Continental y Sixt.

Mensaje por josejag »

Buenas noches; Ahora dicen que no incluyen a los cláscios, pero coches como los 928 y otros que están en el "purgatorio" pasarán directamente al infierno del desguace, para mi una verguenza, no obstante a continuacion pego el texto que he recibido, juzquen ustedes:


Aclaración para los aficionados

Sixt y Continental no están a favor del desguace de vehículos clásicos, históricos o de colección

Madrid. Sixt rent a car y Continental neumáticos quieren aclarar el malentendido producido entre los amantes de los vehículos clásicos, históricos y de colección, a raíz de la presentación del estudio sobre el envejecimiento del parque automovilístico español.

En ningún momento se hizo alusión –o se incluyó- a este tipo de automóviles al recomendar que la vida de un vehículo de tipo turismo debiera tener un tiempo máximo de uso.

Tanto Sixt como Continental son conscientes de la importancia de los vehículos clásicos en la historia de la automoción. Sería absurdo que dos empresas con más de 100 años de historia cada una pretendiera la desaparición o la eliminación de cualquier tipo de vehículo denominado clásico y en perfecto estado de conservación.

Es más, Sixt es uno de los principales patrocinadores de una de las más importantes competiciones de automóviles clásicos: la Mille Miglia; y Continental, a su vez, es proveedor de neumáticos para vehículos históricos en todo el mundo, así como patrocinador y proveedor de competiciones de motocicletas clásicas también en España.

Por lo tanto, es totalmente incierto, y así se manifestó en la rueda de prensa, que Sixt o Continental hayan recomendado en ningún momento – o estén a favor- de la retirada de vehículos clásicos o históricos de las carreteras españolas.





Mario Camacho
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tigerpj
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Re: Propuesta ridícula de neumáticos Continental y Sixt.

Mensaje por tigerpj »

Y al abuelo que tiene un Renault 9 y lo usa en el pueblo de 50 habitantes para ir de su casa a la huerta y de la huerta a su casa, hay que expropiarle el coche y achatarrarlo y que se joda y se vaya a pie u obligarle a que se gaste sus ahorros en un coche nuevo. Menudos jetas...GENTUZA.
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