Si teneis que hacer un recurso de multa por exceso de velocidad, este os puede servir, me ha resultado curioso,.... aunque no dice si ha ganado o no.
Estimado Sr. Juez:
He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530 cuando iba camino de mi pueblo para hacer la matanza.Según me dijeron los Guardias Civiles que me pararon, el radar me detectó a la velocidad antes indicada en un tramo limitado a 70 km/h.Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa señal con el número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo blanco. Sin embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna unidad de medida junto al numerito 70.
Como Vd. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho, la Ley
54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde muchos años) se establece que el Sistema Métrico Internacional será el obligatorio en el país, y dentro de las reglas propiamente dichas del citado Sistema Métrico Internacional, se establece que la Unidad de longitud será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.No se si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de matemáticas, pero por si acaso voy a informarle de que la velocidad se mide dividiendo la distancia recorrida entre el tiempo empleado para recorrerla, por lo que cogiendo la unidad de medida de la distancia (metro) y la unidad de medida del tiempo (segundo), obtendremos la unidad de medida de la velocidad, METROS POR SEGUNDO, que, tal y como nos dice la Ley anteriormente citada, será LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.
Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los iba, pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del imperio de la ley que
todos debemos respetar y del que Vd. es el máximo exponente, no he dudado en considerar que el 70 se refería a la unidad internacional de la velocidad, el metro por segundo; si Vd. hace la conversión, observará¡ que 70 m/s equivalen a 252km/h, con lo cual yo circulaba a 2 km/h por debajo de lo permitido.
Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carnet de conducir, los 600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no están las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable malentendido por el que no voy a denunciar a los pobres Agentes, que bastante tienen con su arriesgado trabajo y estoy seguro que no lo hicieron con mala intención.
Atentamente.
RECURSO VELOCIDAD, no se si funciona
Re: RECURSO VELOCIDAD, no se si funciona
Siendo serios, ese escrito como mínimo lo que haría es provocarle risa al juez.VESMIMATRICULA? escribió:Si teneis que hacer un recurso de multa por exceso de velocidad, este os puede servir, me ha resultado curioso,.... aunque no dice si ha ganado o no.
Para que un juez no tome a cachondeo lo que está escrito se deberían evitar expresiones como "numerito", "que para eso ha estudiado derecho", "que Dios guarde muchos años" y no sigo enumerando por que creo que ya son ejemplos suficientemente significativos.




Esto me recuerda a un caso que alegaba un abogado de que su cliente iba borracho por que se trataba de una "sana festividad" provocada por la victoria sobre el Madrid del Deportivo, equipo del que se declaraba aficcionado el conductor borracho.
Re: RECURSO VELOCIDAD, no se si funciona
jajajajaaj, me parto y me mondo!!VESMIMATRICULA? escribió:
No se si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de matemáticas, pero por si acaso ...
Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los iba, pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del imperio de la ley que
que no están las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable malentendido por el que no voy a denunciar a los pobres
Atentamente.
Con tanta recaudación ya podían asfaltar más y hasta el final del arcén!!